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De la Asociación de Colonos:LOS ASOCIADOS: Podrán ser miembros de la Asociación todos los propietarios, promisorios y arrendatarios de uno o más inmuebles localizados en Rincón del Pedregal, personas físicas o morales, previa aceptación de la Mesa Directiva de la Asociación, Los Asociados se dividen en las siguientes categorías:
REQUISITOS: Para ser miembro de la Asociación, además de llenar los requisitos arriba enumerados, el aspirante deberá presentar su Solicitud de Ingreso en la forma ex profeso que le proporcionará la Asociación. Las Solicitudes de Ingreso serán examinadas minuciosamente por la Mesa Directiva de la Asociación, la que comprobará la veracidad de los datos que juzgue pertinentes y notificará por escrito al aspirante, en un lapso no mayor de seis semanas, su aceptación o rechazo. Los aspirantes recibirían al ser aceptados como Asociados, una credencial que los acreditará como Asociados y un ejemplar de estos estatutos. Los aspirantes rechazados tendrán el derecho de apelar ante el Comité de Honor y Justicia de la Asociación, sobre la decisión de la Mesa Directiva.
LOS DERECHOS DE LOS ASOCIADOS
OBLIGACIONES DE LOS ASOCIADOS:
INTEGRACIÓN:
ASAMBLEA GENERAL: La Asamblea General de Asociados es el órgano supremo de la Asociación y podrá ratificar o rectificar todos los actos de la Mesa Directiva y demás órganos de la Asociación, será presidida por el Presidente de la Mesa Directiva electo con sujeción a lo dispuesto por estos Estatutos, y en ausencia, por el Vicepresidente de la Mesa Directiva de la Sección a la cual corresponda el Presidente. Las asambleas tendrán el carácter de generales y serán ordinarias o extraordinarias; se celebrarán en el local de las oficinas de la Asociación o en el lugar que se indique en la convocatoria para las mismas, pero siempre en Santa Fe; serán convocadas por el Presidente o Secretario de la Mesa Directiva, por lo menos con quince días de anticipación a aquel en que se deba celebrarse salvo que la urgencia del caso lo requiera en menor tiempo, en el entendido de que de ser factible se adjuntará copia del acta de la asamblea anterior, incluyéndose en la convocatoria el Orden del Día en la que se señalará el lugar, fecha y hora en que tendrá verificativo la Asamblea, y se hará mediante envíos de mensajería especializada o por telecomunicación al destinatario, ya sea por medio de fax, correo electrónico, etc. Las Asambleas Generales Ordinarias se celebrarán por lo menos una vez al año dentro de los primeros cuatro meses posteriores al cierre del ejercicio; se ocuparán de los puntos que contenga el Orden del Día y en su caso, de los siguientes:
MESA DIRECTIVA: La Mesa Directiva es el Órgano de decisión y dirige a la Asociación, se elige por Asamblea General y se integra por personas físicas, con un número impar de miembros no inferior a cinco, deberán tener el carácter de propietarios, promisorios o representantes de las sociedades que integran la Asociación. La Mesa Directiva representará a la Asociación con todas las Facultades generales y especiales de un mandatario con facultades para pleitos y cobranzas, administrar personal y recursos, ejercer actos de dominio, suscribir títulos de crédito, abrir y cerrar cuentas bancarias, nombrar delegados para la ejecución de actos concretos y conferir poderes generales y especiales, nombrar y remover a funcionarios y determinar sus atribuciones, y llevar todos los actos autorizados por los estatutos. Los acuerdos y resoluciones de la Mesa Directiva tendrán validez cuando hubiese concurrido la mayoría de sus miembros a la sesión, el Presidente tendrá voto de calidad.
Para ser miembros de la mesa se requiere:
Los Miembros de la Mesa Directiva desempeñarán sus cargos por un periodo de un año, con la posibilidad de una sola reelección por un año más. Vencido el cual continuarán en el cargo con plenitud de sus facultades mientras no se produzca una nueva elección y él o los elegidos acepten el cargo y no podrán ser reelectos para el mismo cargo para el siguiente periodo. Para auxiliarse en sus actividades la Mesa Directiva desempeñara sus funciones a través de comités, entre los cuales están:
Los cargos de la Mesa Directiva serán de confianza y honoríficos, por lo que no percibirán remuneración alguna.
ATRIBUCIONES Y FUNCIONES DE LA MESA DIRECTIVA La Mesa Directiva tiene las atribuciones y funciones siguientes:
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